Término Descripción
Salón de sesiones Espacio físico destinado a la celebración de sesiones parlamentarias. Se reserva el término salón para denominar a la sala principal de la sede parlamentaria en la que se reúne el pleno y distinguirla así de aquellas más reducidas destinadas a las sesiones de comisiones y ponencias.
Secretaría General del Senado Conjunto de servicios administrativos que constituyen la Administración del Senado, le corresponde la asistencia, apoyo y asesoramiento jurídico, técnico y administrativo de los órganos de la Cámara. Está configurada con criterios de estricta legalidad, imparcialidad y profesionalidad. Presta los servicios necesarios para que la Cámara pueda desempeñar sus funciones constitucionales.
Senado Cámara integrante de las Cortes Generales, que representa al pueblo español y que, además, es la Cámara de representación territorial. Está compuesto por senadores y senadoras que pueden ser electos en circunscripciones o designados por los parlamentos autonómicos. El Senado participa, por una parte, de las funciones legislativas, de control al Gobierno y de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Su papel habitual en el procedimiento legislativo es el de segunda lectura, pudiendo oponerse o modificar las decisiones del Congreso de los Diputados mediante vetos o enmiendas. En su función territorial tiene la competencia prevista en el artículo 155.1 de la Constitución. En el Senado existe una Comisión General de Comunidades Autónomas y se celebran periódicamente debates sobre el Estado de las Autonomías.
Senador Miembro del Senado. Para ser elegido senador hay que ser español, mayor de edad y cumplir los requisitos establecidos legalmente. El senador puede ser elegido directamente por los ciudadanos en circunscripciones provinciales y candidaturas individuales o bien puede ser designado por un parlamento autonómico. Todo senador tiene derecho a participar en el ejercicio de las funciones del Senado: legislar, controlar al Gobierno, aprobar los ingresos y gastos del Estado y el resto de las previstas en la Constitución y en las leyes.
Sesión extraordinaria La Constitución permite la celebración de sesiones extraordinarias fuera de los dos períodos ordinarios de sesiones en que las Cámaras se reúnen anualmente: el primero de septiembre a diciembre y el segundo de febrero a junio. Están pensadas para asuntos que requieren de inmediata tramitación sin que esta pueda esperar al comienzo del siguiente período de sesiones. Deben convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez agotado este. El Senado podrá reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los senadores.
Sesión plenaria Reunión formal de los componentes del pleno de la cámara para debatir y aprobar los asuntos de su competencia. En el Senado, como norma general, el Pleno celebra sus sesiones de martes a jueves. El orden del día del pleno lo fija el Presidente, de acuerdo con la Mesa y oída la Junta de Portavoces. El representante del Gobierno puede incluir un solo asunto con carácter prioritario. Las sesiones plenarias del Senado son públicas, salvo que a petición razonada del Gobierno o de cincuenta senadores o senadoras se acuerde lo contrario por la mayoría absoluta de la Cámara. Serán secretas en los casos previstos en el Reglamento del Senado. El carácter público de las sesiones implica que a las mismas pueden acudir tanto miembros de los medios de comunicación debidamente acreditados como el público en general, que podrá seguir la sesión desde la tribuna, o mediante la retransmisión en directo que se realiza a través de la página web.
Suplicatorio Instrumento procesal a través del cual la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo solicita a la cámara autorización para proceder penalmente contra uno de sus miembros. La necesidad de autorización forma parte de la denominada inmunidad parlamentaria y permite a la cámara comprobar, sin entrar a juzgar el fondo del asunto –la comisión o no de un delito- si tras la acusación contra un parlamentario se oculta una persecución política.